Se inician las presentes actuaciones de Jurisdicción Voluntaria, en virtud de la solicitud realizada en fecha 14 de Noviembre de 2016, presentada por el ciudadano MAURO ANTONIO ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.923.845, domiciliado en un lote de terreno denominado "LA COMPAÑIA", ubicado en el Municipio autónomo Guacara del estado Carabobo, debidamente asistido por el abogado FELIX F. CERVO LAMAS. Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.900.444 inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 273.40
, mediante el cual solicita se declaren Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio) sobre unas bienhechurias en un lote de terreno denominado "LA COMPAÑIA ubicado en el Municipio autónomo Guacara del estado Carabobo.
, la cual se encuentra constituida y distribuidas de la siguiente manera "(...) una casa de habitación de una planta construida de bloques de cemento, frisados con piso de cemento, revestido de cerámi.....