En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana NORA MARGARITA LUGO DE SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.864.249, de este domicilio.
Se designa como TUTORA INTERINA PROVISIONAL a la ciudadana FLORIMAR SÁNCHEZ LASABALLETT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.981.048, en su carácter de HIJASTRA, domiciliada en la urbanización El Morro II, Av. 73, casa 1536, Municipio San Diego del estado Carabobo.