Por todas las razones expuestas, Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de da Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, resuelve:
Unico: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana Tatiana José Macías Valero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V.-26.046.229, la posesión y demás derechos sobre unas bienhechurías construidas sobre una porción de terreno ejido que cuenta con una superficie de ochenta y seis metros cuadrados con sesenta y cuatros decímetros cuadrados (86,64 M²), ubicado en el barrio Canaima, avenida prolongación Francisco de Miranda, casa nro. 120 (provisional), parroquia Miguel Peña, municipio Valencia del estado Carabobo, y está comprendida dentro de los siguientes linderos Norte: con las bienhechurías per.....