DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Divorcio presentada por el ciudadano: CARLOS JOSE REYES CORRALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-20.496.266, de este domicilio, asistido en este acto por la abogada, NEHOMAR ROA, funcionaria adscrita a la Defensoría Pública, según Resolución D. D. P. G. N°2023-132. Contra la Ciudadana: MILAGROS DEL VALLE ROMERO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.254.240, de conformidad con la Sentencia N° 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia queda DISUELTO el vínculo Matrimonial contraído por .....