declara CON LUGAR la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: JOSE RAUL BLANCO ARANA, LUIS ARMANDO BLANCO ARANA Y JOEL JOSE BLANCO ARANA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.515.331, V-22.412.931, y V-24.395.512, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: JOSE RAUL BLANCO ENCINOZA, titular de la cedula de identidad Nro. V.-7.288.033, quien falleció ab-intestato, el día diecinueve (19) de febrero de 2026, según consta de copia certificada de acta de defunción Nro. 171, Tomo I, año 2026, emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Asimismo, se acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas solicitadas. Y así se decide.
Devuélvanse las resultas a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia en PDF.
Dada, firmada y sellada en la.....