En atención a las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia y actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la demanda presentada por los ciudadanos las ciudadanas YUVERNIS LISETT TERAN FLORES, MIRLEN COROMOTO TERAN FLORES Y ADELYIS MILAGROS TERAN FLORES venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.358.268, 12.524.770 y 18.167.393, respectivamente, debidamente asistidas por el abogado CARLOS ORLANDO RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 200.326; contra los ciudadanos GUILLERMO RAMON TERAN FLORES, YUVERNIS LISETT TERAN FLORES, MIRLEN COROMOTO TERAN FLORES Y ADELYIS MILAGROS TERAN FLORES venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.393.362, V-11.358.268, V-12.524.770 y V-.....