este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre la abogada Neyle Torres Seidel, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Doña Barbara Valencia, C.A. y el ciudadano Marcelino Bastidas García, debidamente representado por la abogada Celene Alfonzo, ya identificados, en fecha de 16 de abril de 2010, a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.