Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana LILIBETH JOSSELIN GUANDA CASTILLO en contra de la demandada SOCIEDAD MERCANTIL GPS GENTE PROYECTOS Y SERVICIOS, C.A., en consecuencia se condena a pagar a la demandada SOCIEDAD MERCANTIL GPS GENTE PROYECTOS Y SERVICIOS, C.A., a la ciudadana LILIBETH JOSSELIN GUANDA CASTILLO, la cantidad de DIECINUEVE MIL SETECIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON DIECISIETE CENTIMOS (Bs. Bs 19.717,17)., más lo que resulte de la corrección monetaria e intereses de mora, dichos montos serán calculados con experticia complementaria del fallo por el Banco Central de Venezuela, una vez quede firme la presente sentencia.