Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana GLEDYS SALAS, contra la ASOCIACION COOPERATIVA SEHIACA 097, R.L.; SEHIACA TRAINING C.A., e ING° SEHIACA C.A., y en consecuencia se condena a pagar a la demandada la cantidad de CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTE BOLIVARES CON 00/84 CENTIMOS (Bs. 142.120,84); más lo que resulte de los intereses y de la corrección monetaria, los cuales serán calculados mediante experticia complementaria del fallo una vez que quede firme la presente sentencia.