Hoy, 14 DE NOVIEMBRE DE 2013, siendo la oportunidad fijada para dictar sentencia en la presente causa según acta de fecha 05 de Noviembre de 2013 (folio 90), y vista la comparecencia a la Audiencia Preliminar en igual fecha, por la parte actora ciudadano ABRAHAN JOSE HERRERA TORRES, titular de la cédula de identidad No.15.997.152, su apoderado judicial Abogado TARQUINO VILLASMIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.132.920, y en el cual este despacho dejo constancia DE LA NO COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA de la parte demandada TODO LAMINA DEL CENTRO C.A., ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el Dispositivo del Fallo, y en consecuencia, es por lo que este Tribunal, declara que una vez revisada la petición de EL DEMANDANTE, y encontrándola que no es contraria a derecho, presume parcialmente la Admisión de los Hechos alegados, y en tal sentido: e.....