Se dicta suto motivado, mediante el cual SE ACUERDA, prorrogar el local ad-hoc, por un lapso de un (01) mes más al penado ALEXANDER MIGUEL GIL SANCHEZ, quedando vigentes la obligación impuesta. El lapso de prórroga vencerá el día 16 de julio de 2005, motivo por el cual el mencionado ciudadano deberá reingresar al Internado Judicial de Carabobo, el día 17 de julio de 2005, salvo que con antelación a la indicada fecha presente a este Despacho un nuevo Informe Médico Legal practicado por el Médico Forense de esta localidad que sugiera otra cosa, el cual se ordena su practica.