Conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, se EJECUTA la decisión decretada a favor del ciudadano ERASMO CEDEÑO y, en consecuencia se ordena oficiar lo conducente al Comando Regional N° 2, Destacamento N° 25, Segunda Compañía de la Guardia Nacional y a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería a fin de hacer cesar cualquier registro o búsqueda que pese en sus contra con respecto a la averiguación distinguida con el N°. EJ-98-2-25-2-003 de fecha 05-02-1998.