DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control No. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, máximos de experiencia y conocimientos científicos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA, al acusado: ENDER ENRIQUE CAMARGO VÁSQUEZ, venezolano, natural de Puerto Cabello Estado Carabobo, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 24/07/1975 de profesión ú oficio: Obrero, hijo de: Emma Vásquez Henríquez y German Gonzáles, titular de la cédula de identidad N° V-14.848.352, residenciado en Calle ¿Honduras¿ Casa Nº: 07, por donde esta el Liceo ¿Honduras¿, Puerto Cabello, Estado Carabobo, Estado Carabobo; a cumplir la pena de UN (1) AÑO, NUEVE (9) MESES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRISIÓN, por ser autor material del delito de: HURTO CALIFICA.....