Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Ramón Meneses, defensor del ciudadano MARTIN EMILIO OMAÑA APONTE, SEGUNDO: ANULA el auto dictado el 03 de Marzo de 2008, por la Juez Nº 7 de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual negó la Libertad por la solicitud de aplicación del Principio de Proporcionalidad, y ordenó se mantenga la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al acusado, formulada por la defensa en la causa signada con el número de asunto principal: GP01-P-2006-002121. y TERCERO: REPONE la causa al estado de que un juez distinto al que dictó el auto anulado se pronuncie sobre la solicitud de libertad.