Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja ejecutado el computo de la sentencia, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio de fecha 15 de Julio del 2005 al penado YORMEI ALEJANDRO YANEZ NAVAS, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, LESIONES PERSONALES Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1° en concordancia con el artículo 458; artículo 413 y 278 respectivamente del Código Penal. Se exhorta al mismo a trabajar y estudiar a los fines de redimir la pena, lo cual se verificara´ de conformidad con el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, y en el caso de suceder hará que varíen las fechas en las cuales pueda optar a los diferentes beneficios. Trasládese y constitúyase el tribunal en la sede del Internado Judicial Carabobo a los f.....