Corresponde a este Tribunal el conocimiento de la presente Ejecución de la Sentencia dictada por el Juez de Control N° 10, en fecha 16-07-04, mediante la cual se condenó al ciudadano HÉCTOR JOSÉ PINTO DUN, titular de la cédula de identidad N° V-17.892.326, a sufrir la pena de SIETE (07) años, NUEVE (09) meses y DIEZ (10) días de presidio por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1º, en concordancia con el artículo 426 del Código Penal Venezolano, y LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 ejusdem, en virtud de haber Admitido los Hechos de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, que comporta una rebaja de pena, y se condenó igualmente al acusado al pago de las penas accesorias de conformidad con el artículo 13 del Código Penal.
Esta Juez de Ejecución N° 3, procede a reformar el cómputo de la pena, tal como lo establece el artículo 4.....