Visto el acta de fecha 22-02-05 por medio del cual la Abogada defensora Yamilet Hernández, defensora del penado PEDRO JOSE QUIROZ, Titular de la cédula de identidad No 15.333.437, solicita un nuevo cómputo de pena para su defendido, este Tribunal de conformidad con lo pautado en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a rectificar el cómputo de pena de fecha 03-07-03, referido al penado PEDRO JOSE QUIROZ. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, reforma el cómputo de la pena del ciudadano PEDRO JOSE QUIROZ , antes identificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, por consiguiente procede a realizar el cómputo definitivo de dicha pena, tomando en cuenta la detención preventiva que sufriera el penado durante el p.....