En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, de la demanda interpuesta por el ciudadano Abogado CARLOS LUIS RAMOS SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.845.438, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.151, en su condición de endosatario por procuración del ciudadano JULIO ENRIQUE OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.521.928, contra el ciudadano por COBRO DE BOLIVARES.