Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA, incoada por el Ciudadano WILLIAM JESUS GRATEROL, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.874.859, representado por la Abogado SILVIA SILVA REYES, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 49.396, contra el Ciudadano CARLOS ENRIQUE DEL RIO DIAZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.686.074 y condena a esta a lo siguiente: 1) Al pago de UN MIILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo), cantidad esta que corresponde al saldo deudor de las TRES (3) de las tres letras de cambio insolutas. 2) al pago de las costas y costo del presente proceso.- Publíquese y déjese copia. Dada, firmara y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guay.....