PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte actora en contra de la sentencia dictada en fecha 16 marzo de 1994, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto cabello; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada que declaró Con Lugar la falta de cualidad o interés de la parte actora para intentar y sostener el presente juicio y que declara sin lugar la demanda intentada por nulidad de testamento y de reivindicación, conforme a los razonamientos contenidos en la presente decisión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en Costas a la parte actora por haber resultado vencida en el presente fallo.