este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Competencia con los estado Cojedes y Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, la querella funcionarial, incoado por el abogado ELIAS PINTO OSORIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.9.149, actuando en este acto como apoderado judicial del ciudadano JULIO RICARDO SILVA SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-1.362.099, contra el Dirección Ejecutiva de la Magistratura del Estado Cojedes.