REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 21 de Junio del 2022
Años: 212º y 163º
Exp. Nro. 13.876

En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 27 de Septiembre del 2011, mediante la cual declaró:
“(…omissis…) IDNAMISIBLE el Recurso de Nulidad, interpuesto por el abogado DOUGLAS QUINTERO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nro.V-10.382.168 inscrito en el Inpreabogado Nº 88.617, en su carácter de apoderado judicial de la EMPRESA PRODUCTOS DANIMEX, C.A.,contra el acta de inspección de fecha 20 de enero de 2011, emanado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo del Estado Carabobo. (…omissis…)”.
En consecuencia, por todo lo antes narradoy por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente y por razón de espacio físico a partir de la presente fecha se ordena remitir a la Oficina de Archivo Judicial.

El Juez Superior,


Dr. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Suplente,

ABG. DAYANA A. PEREZ P.

Exp. Nro. 13.876.
PEVP/DAPP/gu.