En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas y Por Autoridad de la Ley: Declara: INADMISIBLE la demanda intentada por la ciudadana YECENIA HERNANDEZ, actuando en nombre y en representación de los ciudadanos PEDRO SANTELICES GONZÁLEZ y ETHEL MERCEDES MANZANARES, asistida por el abogado GUSTAVO AYALA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 84.781 y este domicilio, en contra de la ciudadana BIBIANA DE ANDALUZ, todos plenamente identificados en autos.
Publíquese, regístrese y déjese copia en el copiador de Sentencias Interlocutorias llevado por el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Va.....