Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 22 de noviembre de 2011, por el abogado VICENTE GUATACHE, parte demandante, contra el auto dictado el 21 de noviembre de 2011, por el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: LA NULIDAD del auto dictado el 21 de noviembre de 2011, por el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia se REPONE LA CAUSA AL ESTADO en que el Tribunal "a-quo", DECRETE LA MEDIDA DE SECUESTRO, solicitada por la parte actora, en el presente juicio, con base al criterio señalado, co.....