Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta, el 28 de marzo del 2005, el abogado CARLOS QUINTERO SOSA, en su carácter de apoderado judicial de la accionada, ciudadana LIGIA MACHADO, contra el auto dictado el 17 de marzo del 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que admitió las pruebas promovidas por la parte actora.- SEGUNDO.- Queda confirmado el auto dictado el 17 de marzo del 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de esta Circunscripción Judicial, que admitió las pruebas promovidas por la parte actora.
Queda así confirmado el auto.....