Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto el 31 de marzo de 2005, la abogada ALCINDA ANDRADE, en su carácter de apoderada judicial del accionado, ciudadano VICTOR JULIO CARIEL FLORES, contra la sentencia definitiva dictada el 14 de marzo del 2005, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sal de Juicio N° 1, Juez Unipersonal N° 4, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: en consecuencia queda sí firme la decisión objeto de la presente apelación.