"....Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley. MEDIDA DE SECUESTRO sobre el bien inmueble, objeto de la controversia, ubicados en el municipio San Diego del Estado Carabobo, en el Parque Comercial Castillito, calle 102, Centro Comercial e Industrial Milán Center..."
"....Así mismo se acuerda EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles del demandado por la cantidad de UN MILLON CIEN MIL BOLÍVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 1.100.000,00) si el embargo recayera sobre cantidades liquidas y en caso de tratarse bienes muebles por el doble de dicha cantidad, es decir, DOS MILLONES DOCIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 2.200.000,00). El Juez comisionado queda facultado para designar Depositario Judicial, Perito Avaluador y tomarles el juramento de Ley. Líbrese Despacho con las inserciones conducen.....