"....declara LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano VICTOR FREUNDT supra identificado y en consecuencia CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares interpuesta por el abogado MARTÍN POLANCO YUSTI, en su condición de endosatario por procuración del ciudadano ALEXIS GASSAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.536.004.
En consecuencia se condena al ciudadano VICTOR FREUNDT a pagar al actor las siguientes cantidades:
1) La cantidad de ocho millones de bolívares (Bs. 8.000.000,oo) que es el monto insoluto de las letras
2) La cantidad de cuarenta y cuatro mil novecientos treinta y un bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 44.931,50) por conceptos de intereses moratorios, devengados desde el día 3 de septiembre de 2002 hasta 11 de noviembre de 2002 calculados a la tasa del cinco por ciento (5%) anual.
3) La cantidad de trece mil trescientos treinta y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs. 13.333, 33 ) por concepto de derecho de comis.....