Por todos los razonamientos antes relatados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA TACHA DE DOCUMENTO presentada por la representación judicial de la ciudadana YURUARY TAMARA RODRIGUEZ MORALES, contra la ciudadana LUZ ASMIRIA MELENDEZ DE MARCANO. Y así se decide.-
SEGUNDO: QUEDA TACHADO formalmente y sin efecto jurídico el documento de fecha 13 de enero de 1983, en el cual se transcribió una venta entre los ciudadanos MANUEL DE JESUS VASQUEZ PEREZ, y, YURUARY RODRIGUEZ de VASQUEZ, como vendedores, y, como comprador, el ciudadano RAFAEL MARCANO, y, la ciudadana LUZ ASMIRIA MELENDEZ DE MARCANO, sobre un inmueble ubicado en la Urbanización Desarrollo El Molino, distinguida con el No. 2, Manzana 4 en el plano general de parcelamiento de la citada Urbanización, jurisdicción del municipio Tocuyito del distrito Valencia del Estado C.....