IV
DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, intentada por la ciudadana ROSALY GABRIELA QUERALES DORANTE, contra el ciudadano LUIS MÁRQUEZ FLORES, ambos identificados en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 17 de Marzo de 2005, fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, ACTA Nro. 110, Tomo I, año 2005, la Parroquia Rafael Urdaneta.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ninguna observación, en virtud de que no fueron procreados hijos durante el matrimonio.
Liquídese la comunidad conyugal.
De conformidad con lo establecido .....