DECLARA CON LUGAR, la cuestión previa contenida en el Ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la abogada FRANCIS CORREA, Inpreabogado N° 102.668, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Asociación Civil Pro-Viviendas "ALTOS DEL PARAISO", en consecuencia, queda desechada la presente demanda y se declara EXTINGUIDO el presente proceso intentado por los ciudadanos HUGO IVAN CASTILLO PALENCIA, IRMA ORTEGA DURAN Y MARLENE DIAZ ESQUIVER, mediante su apoderado judicial el abogado ALIRIO RUIZ contra la ASOCIACION CIVIL PRO-VIVIENDAS ALTOS DEL PARAISO.-