En consecuencia se acuerda subsanar la omisión mediante la presente subsanación de sentencia, conforme al articulo antes nombrado. Donde dice: "...y MAXIMILIANO PAEZ, venezolanos, mayores de edad titulares de las Cédulas de identidad Nro. V-6.389.705 y V-3.920.676", Debe decir: "y MAXIMILIANO PAEZ, venezolanos, mayores de edad titulares de las Cédulas de identidad Nro. V-6.389.705 y V-3.920.678", como es lo correcto y verdadero, quedando vigente el resto de la sentencia.