En mérito a las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente acción por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCIÒN A COMPRA, propuesta por el ciudadano DIEGO RAÙL GUTIERREZ GONZALEZ, contra los ciudadanos: DAVID MORALES ORDÓÑEZ Y YULIMAR PARRA DE MORÒN, identificados suficientemente en autos, y en consecuencia:
a) Se declara resuelto el Contrato de Opción a Compra Venta, otorgado por las partes actuantes en éste proceso por ante la Notaría Pública Tercera en fecha 26 de Marzo del 2002, el cual lo dejaron inserto bajo el Nº 22 Tomo 34 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaría.
b) Se condena a los demandados a Devolverle al Demandante Reconvenido, la Cantidad de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 8.000.000,00) que le corresponden segú.....