II
DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185-A del Código Civil en relación con la citada disposición y siendo la oportunidad legal para decidir, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada en fecha 04 de abril del 2022, por la ciudadana BLANCO CONDE TIBISAY CARMEN MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.618.899, contra el ciudadano RAUL ARGENIS SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.756.288, en consecuencia se Declara, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que en fecha 11 de abril del 1997, Por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Joaquín del estado Carabobo, según const.....