En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 364 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE al acusado: Luis Alberto Colmenares Aguirre, venezolano, de 21 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.982.591, hijo de José Colmenares y Berta Aguirre, de profesión u ocupación Comerciante, domiciliado en el Barrio Rosendo Torres, Calle Libertad, Sector la Linda, Casa N° 01, Guigue Estado Carabobo, cerca del polideportivo; de la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple en Grado de Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal en concordancia con el artículo 426 ejusdem, por el que el Ministerio Público formulara acusación en su contra.