DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, interpusiera la profesional del derecho ciudadana NORMA JOSEFINA LOVERA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.171.339, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.143, de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación, contra la ciudadana YESIKA MARIA GONZÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.970.986.
En consecuencia, se declara RESUELTO el citado contrato celebrado entre las ciudadanas NORMA JOSEFINA LOVERA ESCALONA y.....