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Decisiones del dia 30/01/2020

Formato:  Ficha  Lista

Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 15] Página 1 de 2
N° Expediente : 16.466 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
MIRTHA JOSEFINA RUGELES VILELA VS. ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO
Resumen:
este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta: 1. La EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 14 de agosto de 2019, mediante la cual declaró, PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de nulidad incoado por la ciudadana MIRTHA JOSEFINA RUGELES VILELA, titular de la cedula de identidad Nº 4.639.466, debidamente asistida por el abogado LUOSELY ALEJANDRA ZABALETA RUGELES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 243.431, contra la CÈDULA CATASTRAL Nº CC2010-00014552 de fecha 09 de noviembre de 2015, emanado por el Director de Catastro de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA del ESTADO CARABOBO. 2. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA, de la CÈDULA CATSTRAL de fecha nueve (09) de noviembre de 2015, Nº CC2010-00014552, emitida por la Dirección de Catastro de la ALCALD.....
Juez/Ponente:
Francisco Gustavo Amoni Velásquez
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : GH22-X-2020-000001 N° Sentencia : PJ0022020000002 Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Inhibición
Partes:
EDGAR ANTONIO MARTINEZ SANCHEZ Y OTROS CONTRA CERVECERIA POLAR, C.A.
Resumen:
En conformidad con los aspectos argumentados precedentemente, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial, sede Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la revisión de la inhibición planteada, por parte del Juez Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Puerto Cabello, estado Carabobo, Abogado Alfredo Calatrava Santana, en virtud de las consideraciones y el análisis pertinente que ha surgido respecto al asunto planteado. Así se establece. SEGUNDO: SE ORDENA remitir el expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, a los fines legales consiguientes. Así se establece.
Juez/Ponente:
Cesar Augusto Reyes Sucre
Organo:
Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. Puerto Cabello
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N° Expediente : 15.323 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
COSMÉTICOS HUELLAS VERDES C.A. CONTRA VICTTORIO BIANCO MARTINO Y GIUSEPPINA PIDELLO DE BIANCO
Resumen:
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en este Juzgado Superior, respecto al recurso de apelación ejercido en contra de la sentencia dictada en fecha 14 de marzo de 2018 por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, quedando en consecuencia firme la misma. No hay condenatoria en costas procesales conforme al artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese el contenido de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Juan Antonio Mostafa Perez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
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N° Expediente : 3721-2018 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Inspección Judicial
Partes:
SALMAN ELSHIBLI HENEDI
Resumen:
A las consideraciones anteriores en virtud de que en la presente solicitud consistente en una INSPECCIÒN OCULAR, que se le dio entrada en fecha 05 de Noviembre de 2018 y hasta el día de hoy 21 de Enero de 2020, han transcurrido un (01) años, dos (02) meses y veinticinco (25) días sin actuación alguna, se declara el abandono de su trámite por falta de interés en su conclusión definitiva. Y así se decide. De todo lo expuesto por este Juzgado Declara abandono de trámite en la presente solicitud de INSPECCIÒN OCULAR, formulada por AUCKLAND IMPORT, C.A., asistida de abogado, todos identificados en autos. Guacara, treinta (30) de Enero de dos mil veinte (2020). Año 209º de la Independencia y 160º de la Federación Publíquese y déjese copia.- LA JUEZ PROVISORIO Abg SANDRA BRETT CASTILLO LA SECRETARIA TEMPORAL GISELA SUCRE GIMENEZ En esta misma fecha, siendo las 10:00 am, se publicó y diarizo la anterior decisión. LA SECRETARIA TEMPORAL GISELA SUCRE GIMENEZ SOL: 3721-18 .....
Juez/Ponente:
Sandra Brett Castillo
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra.
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N° Expediente : 16.599 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
JOEL LENIN RODRIGUEZ SANCHEZ VS. VISIPOL
Resumen:
este Juzgado Superior, el mismo pasara a TRASLADARSE Y CONSTITUIRSE, en la sede de la Inspectoría Para el Control de la Actuación Policial (ICAP), del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo, ubicado en la avenida Cedeño, crece con la avenida Montes de Oca, edificio Torre Empresarial, planta baja y proceder a realizar la Inspección Judicial solicitada. Asimismo se informa que el lapso de evacuación de pruebas con relación a la Inspección Judicial será y de treinta (30) días de despacho siguientes, de conformidad con el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese despacho con las inserciones de ley, al cual se le anexara copias certificadas del escrito de promoción de pruebas, así como también del presente auto
Juez/Ponente:
Francisco Gustavo Amoni Velásquez
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : 16.598 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
RADAMETH CASTILLO VS. VISIPOL
Resumen:
este Juzgado Superior, el mismo pasara a TRASLADARSE Y CONSTITUIRSE, en la sede de la Inspectoría Para el Control de la Actuación Policial (ICAP), del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo, ubicado en la avenida Cedeño, crece con la avenida Montes de Oca, edificio Torre Empresarial, planta baja y proceder a realizar la Inspección Judicial solicitada. Asimismo se informa que el lapso de evacuación de pruebas con relación a la Inspección Judicial será y de treinta (30) días de despacho siguientes, de conformidad con el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese despacho con las inserciones de ley, al cual se le anexara copias certificadas del escrito de promoción de pruebas, así como también del presente auto
Juez/Ponente:
Francisco Gustavo Amoni Velásquez
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : 16.662 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
ELIO JIMENEZ VS. (IAMPOVAL)
Resumen:
este Juzgado Superior razón suficiente para declarar IMPROCEDENTE la pretensión constitucional de amparo cautelar, y Así se Declara. Ahora bien, una vez verificada la Improcedencia de la Medida de Amparo Cautelar solicitada por la parte querellante en el presente caso, este Tribunal Superior procede a verificar si la presente querella funcionarial fue interpuesta dentro de los tres (3) meses contados a partir del día en que se produjo el hecho o desde el día en que el interesado fue notificado del acto, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Y visto, que la fecha de la notificación del Acto Administrativo recurrido, fue realizado en fecha 02 de agosto de 2019 y la interposición de la presente querella fue presentada el 31 de octubre de 2019; se evidencia que la misma fue postulada dentro del lapso legalmente establecido, por lo tanto no se observa la caducidad de la acción, y en tal sentido Se Admite la acción propuesta.
Juez/Ponente:
Francisco Gustavo Amoni Velásquez
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : 16.689 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
CESAR ENRIQUE CHAUSTRE RAMIREZ VS. CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICA (CICPC).
Resumen:
se admite cuanto ha lugar en derecho.
Juez/Ponente:
Francisco Gustavo Amoni Velásquez
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : 16.599 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
JOEL LENIN RODRIGUEZ SANCHEZ VS. VISIPOL
Resumen:
Este Tribunal Superior, observa que las mismas se encuentran insertas en el presente expediente. En tal sentido, dicha documental trata de reproducciones del merito favorable inserto en autos, advierte este Juzgado que tal invocación no constituye un medio de prueba per se, sino la solicitud que efectivamente hace la parte promovente de la aplicación del Principio de Comunidad de la Prueba que rige en el sistema probatorio venezolano (vid. sentencia líder Nro. 02595, de fecha 5 de mayo de 2005, caso: Sucesión Julio Bacalao Lara, dictada por la Sala Político Administrativa; ratificada -entre otras- por el fallo Nº 01375 del 4 de diciembre de 2013). En consecuencia, será este Juzgador, en su condición de Juez de mérito, el encargado de valorar las actuaciones que reposan en autos en la oportunidad de dictar la sentencia definitiva. Así se decide.
Juez/Ponente:
Francisco Gustavo Amoni Velásquez
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente : 16.599 N° Sentencia : Fecha: 30/01/2020
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
JOEL LENIN RODRIGUEZ SANCHEZ VS. VISIPOL
Resumen:
Así las cosas, respecto a la oposición formulada por la parte querellante en relación a las pruebas promovidas por la parte querellada, se observa que las mismas son legales y pertinentes en la presente causa, por tal motivo debe señalarse que las pruebas se encuentran ajustadas a lo que el legislador patrio calificó como "pertinentes y legales", toda vez que no son manifiestamente ilegales y expresan cuales son los hechos que quiere demostrar con las mismas y su relación con lo debatido en la presente causa, por lo que siendo la oposición formulada de forma que no demuestra su ilegalidad o impertinencia y verificado que los alegatos expuestos por la parte oponente corresponderían mas a alegatos acerca del fondo del asunto debatido, debe forzosamente declararse SIN LUGAR la oposición formulada por la parte accionante. Así se decide.
Juez/Ponente:
Francisco Gustavo Amoni Velásquez
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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