DISPOSITIVA
En atención a las precedentes consideraciones, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ARTURO ORTEGA TORO, en su condición de Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, contra la decisión dictada en fecha 13/3/2017 por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, en el asunto signado bajo en Nº GP11-P-2016-000422, mediante la cual DICTA SENTENCIA CONDENATORIA POR ADMISION DE HECHO DE CUATRO (4) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, a los acusados FREDERICK RAFAEL MARCANO LUGO, ARGENIS ALEXIS RODRIGUEZ TROMPIZ, JOHALVIS ANTONIO CASANOVA QUINTERO y HENRY RAFAEL GONZALEZ PINTO, asunto que se le sigue.....