conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el rodinal 8° del artículo 48 ejusdem en concordancia con el ordinal 5° del artículo 108 del Código Penal, SE DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra ORION CONTRERAS TOLEDO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.587.359, casado, profesión u oficio Chofer, residenciado en la Urbanización la Esmeralda, Manzana G-1 Nº 28, Valencia del Estado Carabobo, y ELIS MANUEL SECO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.827.905, profesión u oficio Agente Policial, residenciado en la Urbanización Las Palmitas, sector Libertad Nº 2, calle Páez, casa Nº 6, Valencia, Estado Carabobo, por la comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 416 en relación con el artículo 422 del Código Penal. Líbrense los oficios respectivos. Notifíquese a las partes. En la oportunidad remítanse las actuaciones al Archivo Central para su posterior .....