IV
DISPOSITIVA
En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda incoada por el Abogado OCTAVIO ALCALA, debidamente inscrito en IPSA bajo el N° 18.974, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.018.896, y de este domicilio actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana DELIA MACEDO DE RICHTER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro .V-14.753.349; de este domicilio, en contra del ciudadano EDGAR EDUARDO GUARIGUATA SEILER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.237.837; y de este domicilio, Por: COBRO DE BOLÍVARES VÍA ORDINARIA.-
PRIMERO: se condena al pago de CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.8.....