DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurías agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO A favor de la ciudadana ZAIDA JOSEFINA URBANO venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.034.264 domiciliado en el Sector El Nepe, Caserío El Nepe, Identificada Con La Numeración 115-B, Sector El Naipe Del Municipio San Diego Estado Carabobo Sobre las bienhechurías consistentes en: (...) Una (1) edificación de bloques tipo vivienda, con techo de platabanda, diversas plantas ornamentales, siembras de musáceas, quinchonchos, y y.....