JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara 18 de Diciembre de 2013
203° Y 154°
Vista la anterior solicitud, presentada en fecha 03 de Diciembre del 2013, por la abogada: ANGI GABRIEL CARTAYA HIDALGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 189.016, en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano: DAVID ANTONIO VILLAVICENCIO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V- 5.278.628, asistiendo asimismo a la ciudadana: LENINA JANINE HENRIQUEZ ACOSTA, titular de la cedula de identidad N° V- 9.696.843. Désele entrada asígnele numero, anótese en el libro respectivo, en consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL (DIVORCIO) 185-A, en tal sentido y cumpliendo con las disposiciones legales se ordena Notificar AL FISCAL ESPE.....