Por los fundamentos de hecho y de derecho establecidos, configurados perfectamente en el presente caso, esto es, la falta de presentación en la oportunidad procesal correspondiente del escrito de formalización del Recurso de Apelación ejercido, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Carabobo, sede Valencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el abogado LUIS MATA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 141.806, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ ANTONIO GARCÍA MEZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-11.364.852, en contra de la sentencia dictada en fecha 08 de Octubre de 2014, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del esta.....