DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en funciones de Control, de la Extensión Judicial Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano HENDER MANUEL LOPEZ LOYO, quien es venezolano, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.773.121, nacido en fecha 19/11/1.987, de 20 años de edad, de oficio Obrero, hijo de Mayra Loyo y Oswaldo López, residenciado en el Barrio Rancho Chico, Cuarta Calle, Casa Nº 59, Puerto Cabello, Estado Carabobo; por el delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y se le acuerda su libertad plena, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo .....