En consecuencia, emplácese al demandado de autos, Ciudadano: CESAR RAFAEL SAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 11.100.167 y de este domicilio, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los VEINTE (20) días de despacho siguiente después de citado, a dar contestación a la demanda u oponer las cuestiones previas que considere pertinentes para su defensa. Con relación a la Compulsa, expídase copias fotostáticas debidamente certificadas por Secretaría, del libelo de la demanda junto con su orden de comparecencia al pie, por aplicación analógica de los artículos 120 de la Ley de registro Público Vigente en concordancia con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, comisionándose para la elaboración de dichos fotostatos al ciudadano RAFAEL SIMON URBINA BOLIVAR, Alguacil de éste Juzgado, titular de la Cédula de Identidad No. 10.231.616, persona hábil y capaz, quien junto con la Secretaria firmará en cada una de sus páginas.....