CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la demanda de INCLUSIÓN EN DECLARACIÓN SUCESORAL, intentada por la abogada DEXSI OVIEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.171.774, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.208 de este domicilio, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PABLO ALFREDO GONZÁLEZ PIMENTEL, LUIS RICARDO GONZÁLEZ PIMENTEL, ANA YAJAIRA GONZALEZ de PADRINO, CARLOS ALEXIS GONZÁLEZ y RAÚL VICENTE GONZÁLEZ PIMENTEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-2.764.678, V-4.362.632, V-4.850.010, V-5.522.128 y V-6.433.551, respectivamente, contra la ciudadana SHEYLA VICTORIA BRITO VALENZUELA,.....