Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta la Interdicción Provisional del ciudadano EDAGAR EDUARDO SANCHEZ REYES, Propuesta por la ciudadana CARMEN DOMINGA REYES DE SANCHEZ, por tratarse de una persona que presenta Síndrome de Down, enanismo tanatotrofico, desorientado en lugar tiempo y espacio, dislalia; signos generales característicos de retardo mental, dependiente de su grupo familiar, la cual la hace ser una incapaz de proveer a sus propios intereses, defecto intelectual grave habitual que impide que pueda proveer a sus intereses, el cual necesita protección, todo de conformidad con el articulo 396 del Código Civil.
En consecuencia, en Cumplimiento de la Norma antes señalada se nombra como Tutor Interino d.....