Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer, sustanciar la presente demanda por concepto de Desalojo de Vivienda, planteada por los Ciudadanos GRACIELA NOVOA DE BETANCOURT, HECTOR BETANCOURT NOVOA, Y OTROS, en contra del Ciudadano YAES DE JESUS EVIA VETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-12.421.138.. SEGUNDO: En cuanto a su Admisión este Tribunal por auto separado proveerá lo conducente en la oportunidad legal respectiva