Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte recurrente a la Audiencia de Apelación Oral y Pública, planteada para el día de hoy, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: DESISTIDA LA APELACIÓN intentada la ciudadana Migdalia González, quien es venezolana, mayor de edad, abogada, inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 35.399, en su condición de apoderada judicial del accionante, ciudadano Simón Anibal Matute, quien es venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad No. 5.378.555, y de este domicilio. En consecuencia, se confirma la decisión de fecha quince (15) de julio del año dos mil cuatro (2004), dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, .....