De esta forma, queda demostrado que en el escrito presentado por la referida apoderada judicial, la misma incurrió en oscuridad de la pretensión, y por otro lado, se observa que en éste también se omitieron elementos requisitorios a que se contrae la norma procesal agraria; y por cuanto resulta necesaria la documentación emitida por el Instituto Nacional de Tierras, a favor de los solicitantes de actas, como prueba apropiada para comprobar la posesión legítima de éstos sobre el lote de terreno, en el cual pretenden hacer valer su condición de poseedores de las bienhechurias detalladas en el escrito, motivo por el cual considera oportuno éste Juzgado Agrario INSTAR a los solicitantes a consignar el requisito antes mencionado y a subsanar su escrito, adecuándolo a lo descrito en el contenido del presente despacho saneador; a los fines de que éste Juzgado Agrario pueda emitir pronunciamiento respecto a su admisibilidad o no, y a los fines de garantizar su acceso a la Justicia en aplicació.....